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Diputados avalan prohibir terapias de conversión; serían castigadas con con cárcel

Internacional

Pese al rechazo del Partido Acción Nacional (PAN) y argucias para retrasar la discusión en el pleno, la Cámara de Diputados aprobó este viernes 22 de marzo la prohibición de las terapias de conversión, un paso importante para eliminar estas prácticas contra la comunidad LGBT+.

¿En qué consisten estas reformas? En Chilango te contamos todo lo que tienes que saber sobre estas “terapias”, lo sucedió en el Palacio Legislativo de San Lázaro, así como cuál es el siguiente paso para que se haga ley.

De acuerdo con la Organización de la Naciones Unidas (ONU), las terapias de conversión son intervenciones con la creencia de que la orientación sexual o la identidad de género de una persona puede y debe cambiarse.

“Son intervenciones profundamente dañinas que se basan en la idea médicamente falsa de que LGBT y otras personas con diversidad de género están enfermas, infligen dolor y sufrimiento severos, y resultan en daños psicológicos y físicos de larga duración”, reza un artículo de la organización.

Incluso, en 2012, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) señaló que estas no tenían justificación médica y representaban una grave amenaza para la salud y los derechos humanos de las personas afectadas.

En 2016, la Asociación Mundial de Psiquiatría descubrió que no hay evidencia científica sólida de que se pueda cambiar la orientación sexual innata, mientras que en 2020, el Grupo de Expertos Forenses Independientes (IFEG) declaró que ofrecer «terapia de conversión» es una forma de engaño, publicidad falsa y fraude.

¿Qué se aprobó en la Cámara de Diputados?

Lo que se aprobó en San Lázaro fueron cambios y adiciones al Código Penal Federal, así como una adición a la Ley General de Salud. Lo que se busca es tipificar y sancionar penalmente los delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

El dictamen establece que se impondrá de dos a seis años de prisión, así como una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.

También apunta que se aumentará al doble la sanción cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad. En caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

Tras una acalorada discusión, se aprobó el dictamen para prohibir las terapias de conversión con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones. En lo particular por 275 en pro, 102 en contra y 30 abstenciones.

Los partidos que votaron a favor fueron Morena, del Trabajo (PT), el Verde Ecologista de México (PVEM), el Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC). En cambio, el PAN votó en contra y presentó más de 100 reservas al dictamen para retrasar la discusión.

Entre los argumentos en contra de la propuesta estaba la “persecución de los padres de familia” que promuevan estas prácticas contra sus hijos. Un ejemplo fue la participación de Gabriel Quadri, ex candidato presidencial.

“Es un atropello inaceptable esta minuta”, sentenció, al mencionar que este dictamen implica la persecución y criminalización de los padres de familia por decidir la mejor manera de formar y orientar a sus hijos.

Aunque ya fue aprobado el dictamen en la Cámara de Diputados, ahora pasará al Senado de la República para su eventual discusión, tanto en comisiones como en el pleno. En caso de que sea a favor, será un paso más para lograr la prohibición.

Fuente: https://www.chilango.com/ciudadania/diputados-prohibir-terapias-de-conversion-mexico/